viernes, 29 de marzo de 2013

Trabajo de FOL




Acontinuación se expone el trabajo de FOL, he realizado los apartados correspondientes a los siguientes números: 1,6,7,8


1.INTRODUCCIÓN: QUE ES ELTRABAJO EN ESPAÑA Y CARACTERÍSTICAS GENERALES.
2.QUIEN TIENE CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
3.DURACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
4. QUE ES UN CONTRATO DE RELEVO?
5. CARACTERÍSTICAS
6.CAUSAS DE EXTINCIÓN.
7.NORMATIVA
8.POWER POINT DE PRESENTACIÓN




TRABAJOSOBRE CONTRATO DE RELEVO

INTRODUCCIÓN, QUE ES EL CONTRATO DE TRABAJO EN ESPAÑA Y
CARACTERISTICAS GENERALES:

El contrato de trabajo es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución.
El contrato de trabajo puede celebrarse por escrito o de palabra, pero empresarios están obligados a
comunicar a los Servicios Públicos de Empleo, en el plazo de los diez días hábiles siguientes a su
concertación, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos,
deban o no formalizarse por escrito. Dicha comunicación se realizará mediantela presentación de
copia del contrato de trabajo o de sus prórroga

¿Quién tiene capacidad para contratar?

Las personas mayores de edad (18 años).
Los menores de 18 años legalmente emancipados.
Las personas mayores de 16 años y menores de 18:
Si viven de forma independiente con el consentimiento expreso o tácito de suspadres o tutores.
Si tienen autorización de los padres o de quién los tenga a su cargo.
Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicable.

Duración del contrato de trabajo

El contrato de trabajo puede concertarse por tiempo indefinido o por unaduración determinada, en
los supuestos en que sea posible legalmente.

El contrato de relevo:

¿Qué es un contrato de trabajo de relevo?

Los trabajadores en edad de jubilación o próximos a ella pueden reducir sujornada de trabajo y su
salario entre un mínimo del 25% y un máximo del 75%, y compatibilizar eltrabajo con la
percepción de la pensión de jubilación parcial.
El contrato de trabajo de relevo se concierta con un trabajador inscrito como desempleado en la
correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de
duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede ala jubilación parcial.
Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último.

Caracteristicas:

Este tipo de contrato se formalizará siempre por escrito y en modelo oficial en el que constará
necesariamente el nombre, la edad y las circunstancias profesionales del trabajador sustituido.
El modelo oficial es el 441 (incluido al final del trabajo)
La duración del contrato de trabajo de relevo será indefinida o igual a la del tiempo que falte al
trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación. Si, al cumplir dicha edad, el trabajador
jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por
duración determinada podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por períodos anuales,
extinguiéndose, en todo caso, al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la
jubilación total del trabajador relevado.

En el caso del trabajador jubilado parcialmente después de haber alcanzado la edad de jubilación, la
duración del contrato de relevo que podrá celebrar la empresa para sustituir la parte de jornada
dejada vacante por el mismo, podrá ser indefinida o anual. En este segundo caso, el contrato se
prorrogará automáticamente por períodos anuales.

El contrato de relevo podrá celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial. En todo caso, la
duración de la jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el
trabajador sustituido.

El horario de trabajo del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido o
simultanearse con él.

El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo del trabajador sustituido o uno
similar, entendiendo por tal el desempeño de tareas correspondientes al mismo grupo profesional o
categoría equivalente.

Los contratos indefinidos iniciales a tiempo completo o parcial darán derecho a las bonificaciones
de la cuota empresarial a la Seguridad Social previstas en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre
(B.O.E. de 30 de diciembre), para los colectivos indicados en la citada norma y artículo 2.7, según
redacción dada por el artículo 6.Dos de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre(B.O.E. de 31 de
diciembre) para contratos indefinidos celebrados a tiempo parcial. También podrán tener derecho si
se cumplen los requisitos establecidos, a los incentivos de la Ley 3/2012 de 6 de julio (B.O.E. de 7
de julio de 2012).

Causas de extinción:

El contrato se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse.
Si durante la vigencia del contrato de relevo se produjera el cese del trabajador, el empresario
deberá sustituirlo, en el plazo de quince días, por otro trabajador desempleado.
En el caso de contrato temporal a la finalización del mismo, el trabajador tendrá derecho a recibir
una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de
abonar nueve días de salario por cada año de servicio, hasta el 31 de diciembrede 2011, que se
incrementará anualmente en un día hasta el 1 de enero de 2015 que consistirá en doce días, o la
establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.


NORMATIVA
R. D. 1132/2002, de 31 de octubre (B.O.E .de 27 de noviembre), de desarrollo dedeterminados
preceptos de la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimientode un sistema de
jubilación gradual y flexible.
Ley 43/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre).
Ley 3/2012, de 6 de julio (B.O.E. del 7 de julio).

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